Una reforma con precio cerrado es una obra contratada a precio alzado: el importe pactado no sube aunque aumenten los jornales o los materiales, y solo puede cambiar si autorizas una modificación que añade obra. Así lo recoge el artículo 1593 del Código Civil. En la práctica, un precio cerrado vale lo que valen las mediciones y la memoria de calidades que lo sostienen: sin una auditoría técnica previa, lo que se firma es un presupuesto abierto con otro nombre.
Este artículo es información general sobre cómo funciona este tipo de contrato y no sustituye el asesoramiento legal para un caso concreto.
Qué es una reforma con precio cerrado y qué dice la ley
Precio alzado frente a obra por medición
El Código Civil distingue dos maneras de fijar el precio de una obra. En la obra por piezas o por medida (art. 1592) se paga lo que realmente se ejecuta: si salen más metros de alicatado, se pagan más metros. En el ajuste alzado (art. 1593), quien construye asume el riesgo de cantidades y costes: si midió mal o se encarecen los materiales, lo absorbe él. Solo puede pedir más si el propietario ha autorizado un cambio que aumenta la obra.
No confundas el contrato a ajuste o precio alzado (art. 1593 del Código Civil) con la partida «a tanto alzado» sin medición: el primero traslada el riesgo de medición a la empresa; la segunda esconde qué se ha medido. Lo explicamos en los errores más comunes en el presupuesto de una reforma integral.
Ninguna de las dos fórmulas es mala por definición. La de medición es razonable cuando el alcance no se puede conocer antes de abrir. El problema aparece cuando se vende como cerrado un presupuesto que, en realidad, se liquidará por medición.
¿Estás valorando una obra así en Terrassa o el Vallès? Visitamos la vivienda y revisamos instalaciones y estructura antes de presupuestar. Después cerramos el precio por contrato.
Lo que añade la normativa de consumo en Cataluña
Si contratas como particular, el Código de consumo de Cataluña obliga a entregar un presupuesto previo, salvo que renuncies a él por escrito, con un contenido mínimo: identificación fiscal y dirección de la empresa, operaciones a realizar, gastos desglosados con el importe de los materiales, plazo de validez, fecha prevista de inicio y duración (art. 251-3). Además, la factura no puede superar el importe presupuestado, y cualquier concepto nuevo exige una ampliación que debes aceptar de forma que quede constancia (art. 251-4).
Qué debe incluir el contrato
El contrato de una reforma con precio cerrado es un documento privado entre tú y la empresa, y el presupuesto, la memoria y los planos deben figurar como anexos firmados. Estos son los puntos que revisamos siempre:
Alcance, mediciones y memoria de calidades
- Presupuesto por capítulos (demoliciones, albañilería, fontanería, electricidad, revestimientos, carpintería), cada partida con su unidad y su medición: m², metros lineales o unidades.
- Memoria de calidades con marca, modelo o gama de cada material. Lo que quede por elegir, con un importe de referencia por unidad.
- Planos de la distribución final y del trazado de instalaciones.
- Exclusiones explícitas: lo que no está incluido, dicho por escrito, para que no aparezca después como extra.
Plazos, pagos por hitos y penalizaciones
El contrato debe fijar fecha de inicio, duración y causas que suspenden el plazo (licencia pendiente, cambios pedidos por ti), con una penalización por retraso imputable a la empresa. Los pagos se vinculan a hitos verificables, no al calendario:
- Firma y acopio de materiales: un anticipo moderado, de un 15 a un 20 % como máximo.
- Fin de demoliciones e instalaciones empotradas, antes de cerrar paredes y techos.
- Fin de albañilería y revestimientos.
- Fin de acabados y montaje.
- Retención final, en torno al 5 %, hasta firmar la lista de repasos.
Sin pacto, el Código Civil prevé que el precio se pague al entregar la obra (art. 1599), por eso conviene escribir los hitos. Y en cada pago parcial tienes derecho a un recibo con lo pagado y lo pendiente: el Código de consumo catalán lo exige.
Modificaciones, garantías, seguros e IVA
- Procedimiento de cambios: toda modificación se valora por escrito, con precio y efecto en el plazo, y se firma antes de ejecutarla.
- Garantía: plazo y alcance por escrito. A falta de normativa específica, el Código de consumo catalán fija un mínimo de seis meses para los servicios. Si la obra requiere proyecto según la Ley de Ordenación de la Edificación, su artículo 17 añade responsabilidades de diez años (estructura), tres (habitabilidad) y uno (acabados).
- Seguros: certificado de la póliza de responsabilidad civil vigente, no una simple mención.
- IVA: el 10 % en renovación de vivienda exige, entre otros requisitos, que la vivienda se terminara de construir o rehabilitar al menos dos años antes, que los materiales aportados por la empresa no superen el 40 % de la base imponible y que pagues con tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta (art. 91 de la Ley del IVA).
Qué imprevistos cubre el precio cerrado y cuáles no
El precio cerrado cubre los imprevistos que caen dentro del alcance pactado; no cubre lo que cambia ese alcance. La frontera conviene verla con casos concretos:
| Situación durante la obra | ¿Entra en el precio cerrado? | Por qué |
|---|---|---|
| Al abrir, la tubería que se iba a renovar está peor de lo previsto | Sí | Forma parte de la partida de fontanería contratada |
| Las paredes necesitan más regularización tras quitar el alicatado | Sí | Es medición de una partida pactada |
| Sube el precio del material o de la mano de obra | Sí | Es el riesgo que asume el contratista en el ajuste alzado (art. 1593) |
| Decides añadir enchufes, cambiar el azulejo o mover un tabique | No | Es una modificación pedida por ti: se valora y se firma antes |
| Eliges un material más caro que el importe de referencia | Solo la diferencia | El precio se cerró con el importe de referencia |
| Falla la bajante general o un elemento común del edificio | No | Corresponde a la comunidad, no a tu vivienda |
| Aparece un daño estructural que no formaba parte del alcance | No, salvo pacto | Requiere técnico y una obra distinta, que se presupuesta aparte |
Cerramos el precio por contrato con esa lógica: los imprevistos derivados de las partidas que hemos medido los asumimos nosotros, y lo que añades o cambias tú se valora por escrito antes de ejecutarlo. Así la factura final coincide con lo firmado más lo que tú hayas aprobado.
Cómo detectar un presupuesto abierto disfrazado de cerrado
Muchos presupuestos se presentan como cerrados y no lo son. Estas son las señales que delatan uno abierto:
- Partidas alzadas sin medición, del tipo «reforma de baño completa: 6.000 €».
- Expresiones como «a determinar en obra», «según estado», «partida a justificar» o «por administración».
- Mediciones con «aprox.» o precios unitarios sin cantidades: se liquidará por lo ejecutado.
- Cláusulas de revisión de precios por subida de materiales.
- Exclusión genérica de «imprevistos» o «vicios ocultos» sin definir qué son.
- Materiales «a elegir» sin importe de referencia.
- Ausencia de desescombro, protección de zonas comunes, ayudas de albañilería o certificado eléctrico.
Lo que se deja fuera reaparece después. Estas son las partidas que más a menudo quedan abiertas y lo que pueden sumar en un piso de 80 m²:
| Partida que suele quedar abierta | Precio orientativo | En un piso de 80 m² |
|---|---|---|
| Regularizar paredes tras quitar gotelé o alicatado | 14 – 22 €/m² | 2.450 – 4.200 € (175–190 m² de paredes y techos) |
| Nivelar el suelo antes del nuevo pavimento | 12 – 30 €/m² | 1.000 – 2.400 € |
| Sustituir el tramo de bajante dentro de la vivienda | 530 – 2.500 € | Más si es de fibrocemento |
| Rozas y ayudas de albañilería a instalaciones | 500 – 2.000 € | Según el trazado |
| Certificado de instalación eléctrica (boletín) | 140 – 210 € | Sin contar adecuaciones del cuadro |
Sumadas, pueden añadir entre 4.600 y 11.300 € a un presupuesto que parecía cerrado. Profundizamos en por qué varían tanto los presupuestos de reforma y en qué conceptos debe incluir un presupuesto de reforma.
Por qué la auditoría técnica previa permite cerrar el precio
Nadie puede cerrar honestamente el precio de lo que no ha medido. Por eso, antes de presupuestar, auditamos la vivienda:
- Medición completa de superficies con láser, para que cada partida tenga cantidades reales.
- Catas puntuales en suelos y paredes donde hay dudas: recrecidos, alicatados superpuestos, tuberías empotradas.
- Revisión de bajantes, cuadro eléctrico, derivación individual y contadores.
- Comprobación de muros de carga, forjados y humedades.
- Trámites municipales necesarios y su plazo.
Con esa información redactamos mediciones y memoria y cerramos el precio en un contrato privado. Con más de 500 proyectos en más de 20 años, sabemos dónde suelen esconderse las sorpresas en las fincas de Terrassa: recrecidos de varios centímetros, tuberías antiguas empotradas y bajantes de fibrocemento. Es la base de cada reforma de viviendas en Terrassa que ejecutamos.
La auditoría también tiene límites, y conviene decirlo: hay elementos que solo se ven al demoler. Cuando una zona no se puede comprobar, lo indicamos en el contrato y acordamos antes de empezar cómo se resolverá, en lugar de esconderlo en una partida abierta.
Precio cerrado y llave en mano no son lo mismo
Se confunden a menudo. Llave en mano describe el alcance de la gestión: una sola empresa coordina proyecto, permisos, oficios y entrega. Precio cerrado describe cómo se fija el coste. Puede haber obras llave en mano que se cobran por lo gastado y obras con precio cerrado en las que tú gestionas parte de los trámites. Lo recomendable es exigir las dos cosas por escrito; lo explicamos en reformas llave en mano en Terrassa.
Qué revisar antes de firmar
Antes de firmar, repasa esta lista. Si falta algo, pídelo por escrito:
- El contrato cita el presupuesto, la memoria y los planos como anexos firmados.
- Cada partida tiene unidad y medición; no hay partidas «a determinar».
- Los materiales por elegir tienen importe de referencia y regla para compensar la diferencia, a favor o en contra.
- Existe un procedimiento de modificaciones por escrito, firmado antes de ejecutar.
- Los pagos van por hitos verificables, con retención final hasta los repasos.
- Hay plazo, causas de suspensión y penalización por retraso.
- Tienes el certificado de la póliza de responsabilidad civil y la garantía por escrito.
- Está claro quién tramita los permisos y quién paga tasas e ICIO.
- Figura el IVA aplicado y se paga por medios bancarios.
- Se regula qué ocurre si desistes: el art. 1594 del Código Civil permite al propietario desistir indemnizando gastos, trabajo y beneficio de la empresa.
En una reforma parcial la lógica es idéntica: en una reforma de baño también exigimos mediciones, memoria y precio cerrado antes de empezar.
Preguntas frecuentes sobre la reforma con precio cerrado
¿Una reforma con precio cerrado puede acabar costando más?
Solo si pides o autorizas cambios que añaden obra, o si eliges materiales por encima del importe de referencia pactado. Las subidas de materiales o de mano de obra y los errores de medición de la empresa no se repercuten: es el riesgo que asume el contratista en un ajuste alzado, según el artículo 1593 del Código Civil. Tampoco entra lo que queda fuera del alcance, como los elementos comunes del edificio.
¿Qué diferencia hay entre precio cerrado y presupuesto por medición?
En el precio cerrado se paga el importe pactado aunque al ejecutar salgan más metros o suban los costes. En el presupuesto por medición se paga lo que realmente se ejecuta, según las cantidades medidas al final. Los dos son válidos, pero no deben confundirse: un presupuesto con mediciones aproximadas y precios unitarios se liquidará por medición aunque lo llamen cerrado.
¿Cuánto se paga por adelantado en una reforma?
Lo razonable es un anticipo moderado para el acopio de materiales, de un 15 a un 20 % como máximo, y el resto por hitos verificables con una retención final hasta firmar la lista de repasos. Si el contrato no dice nada, el Código Civil prevé que el precio se pague a la entrega de la obra.
¿Qué pasa si quiero cambiar algo durante la obra?
Se puede, pero el cambio se valora por escrito antes de ejecutarlo, con su precio y su efecto en el plazo, y solo se hace cuando lo firmas. El artículo 1593 del Código Civil solo permite subir el precio por cambios que haya autorizado el propietario y, si contratas como particular en Cataluña, el Código de consumo exige que cualquier concepto nuevo se comunique y se acepte dejando constancia.
¿Es lo mismo una reforma con precio cerrado que una reforma llave en mano?
No. Llave en mano describe el alcance de la gestión: una sola empresa coordina proyecto, permisos, oficios y entrega. Precio cerrado describe cómo se fija el coste. Hay obras llave en mano que se cobran por lo gastado y obras con precio cerrado en las que el cliente gestiona parte de los trámites. Lo recomendable es exigir ambas cosas por escrito.
Si buscas la tranquilidad de una reforma con precio cerrado en Terrassa o el Vallès, examinamos la viabilidad técnica de tu vivienda antes de comenzar y te entregamos un presupuesto con partidas medidas y sin desviaciones. Es lo que hacemos en cada reforma integral de vivienda.
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